El Impuesto sobre Sociedades es un impuesto personal y directo que grava los beneficios de las empresas a raíz de su actividad en un ejercicio fiscal. Asimismo, también se aplica a sociedades civiles con objeto mercantil, fundaciones y asociaciones, ya que este impuesto, al contrario que el IRPF, grava a las personas jurídicas. Esto significa que los trabajadores autónomos no deben cumplir con el Impuesto de Sociedades.
¿Quién tiene que pagar el Impuesto de Sociedades?
Las personas jurídicas – a excepción de las sociedades civiles que no tengan objeto mercantil – y determinadas entidades, son contribuyentes del Impuesto de Sociedades, independientemente de que no tengan personalidad jurídica.
Entre las entidades con personalidad jurídica propia están las sociedades mercantiles, que pueden ser anónimas, de responsabilidad limitada, colectivas, laborales, etc., y las sociedades civiles con objeto mercantil.
Por otro lado, también hay entidades sin personalidad jurídica propia obligadas a presentar el Impuesto sobre Sociedades, como las uniones temporales de empresas, fondos de pensiones o de inversión, titulación, etc.
¿Cuánto hay que pagar el Impuesto de Sociedades?
Al tratarse de un impuesto competencia del estado, el gravamen aplicado es el mismo para todo el territorio español, aunque la cantidad a pagar variará en función del tipo de empresa y de su tamaño.
Desde el 1 de enero de 2016, el tipo de gravamen general es del 25%, que se aplica a cooperativas de crédito, cajas rurales, sociedades de garantía recíproca, entidades parcialmente exentas, partidos políticos, comunidades titulares de montes vecinales en mano común, microempresas y entidades de reducida dimensión y/o sociedades de reafianzamiento de SGR.
Además, existen tipos de gravamen especiales que son excepciones a esta regla:
- Entidades de nueva creación que lleven a cabo actividades económicas: 15% durante los dos primeros periodos impositivos con base positiva.
- Cooperativas fiscalmente protegidas: 20%.
- Sociedades de inversión (SICAV): 1%.
- Entidades sin fines lucrativos que apliquen el régimen fiscal previsto en la Ley 49/2002: 10%.
Asimismo, está previsto que el Gobierno reduzca el tipo del 25% al 23% si el volumen de facturación es inferior al millón de euros. Se trata de una medida que a día de hoy todavía no está vigente.
¿Cuándo se paga el Impuesto sobre Sociedades?
El Impuesto sobre Sociedades se abona durante los 25 primeros días de Julio, no obstante, durante el año se pagan anticipos de forma directa e indirecta:
- Retenciones: las retenciones se aplican cuando la sociedad obtiene rentas, como los dividendos.
- Ingresos a cuenta: cuando una sociedad cobra una renta en especie y existe la obligación de ingresar una cantidad a cuenta.
- Pagos fraccionados: al presentar los diferentes pagos fraccionados, durante los primeros 20 días de los meses de abril, octubre y diciembre.
Modelo 200 y 202
Para abonar el Impuesto sobre Sociedades y cumplir con la legalidad, las sociedades deben presentar el modelo 200 y el modelo 202.
- Modelo 200: es el modelo de declaración anual del Impuesto sobre Sociedades, que podríamos decir que cumple una función similar a la declaración de la Renta de las empresas. Debe presentarse entre el 1 y el 25 de julio de cada año. El modelo 200 es de carácter obligatorio, independiente de que se haya desarrollado actividad o no, o de que se hayan obtenido rentas.
- Modelo 202: el 202 es el modelo de pago fraccionado del impuesto sobre sociedades, que hay que presentarlo los meses de abril, octubre y diciembre, en caso de haber obtenido un resultado positivo en la presentación del modelo 200 correspondiente al ejercicio anterior. Se aplica un tipo del 18% con carácter general, y del 24% para aquellas empresas que facturen más de 10 millones de euros anuales durante los 12 meses anteriores a la fecha en que se inicie el periodo impositivo.
Lawyers and Accountants somos la ayuda que necesitas para presentar el Impuesto sobre Sociedades
La tramitación de este impuesto no es precisamente sencilla, principalmente por la obligación de llevar una contabilidad mercantil. Si tienes dudas y necesitas ayuda, en Lawyers & Accountants ponemos a tu disposición a nuestro equipo de asesores fiscales especializados en el Impuesto de Sociedades, que te ofrecerán un completo asesoramiento personalizado y de confianza, y se encargarán de presentar el Impuesto de Sociedades correctamente.
Si debes presentar este impuesto, contacta con nosotros sin compromiso. Un asesor fiscal te contará cómo podemos ayudarte.